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Seguros de Decesos - Coberturas Basicas
| Prestación del servicio funerario.
Esta cobertura garantizala atención, gestión y prestación del servicio funerario contratado cuando se produzca el fallecimiento de un asegurado de acuerdo con cada una de las Condiciones Generales y Particulares que figuran en la póliza.Si la prestación del servicio funerario no fuera posible por causas de fuerza mayor u otras no imputables a la Entidad, ésta pagará la indemnización correspondiente al servicio contratado en las Condiciones Particulares.
Traslado Libre elección de cementerio.
Nuestro seguro se hace cargo del coste de acondicionamiento, inhumación y traslado del fallecidod esde el lugar de fallecimiento del asegurado hasta el cementerio designado por sus familiares,libremente elegido dentro del territorio español, siempre que éste se realice por mediación de empresa funeraria autorizada por la Compañía.
Prestación complementaria o reguladora.
Esta prestación es de contratación obligatoria y corresponde a un porcentaje del Capital contratado para la Prestacióndel Servicio (5%, 10%, 15% o 20%).Su finalidad es la de regular las posibles desviaciones que puedan existir entre el capital contratado para la prestación del servicio y el coste final de éste.
Estas diferencias pueden estar motivadas por los incrementos del coste del ser
vicio a lo largo de los años o simplemente porque la familia del fallecido desee incluir nuevos elementos no contratados en el servicio.No obstante, la póliza de nuestro seguro de previsión revaloriza anualmente y de forma automática un 2% el capital y la prima, por lo que está previsto que dichar
evalorización regule la mayor parte de los incrementos en los costes.
Riegos cubiertos
Duracion y Modificacion del seguro |
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