| DURACIÓN DEL SEGURO
El presente seguro se contrata por el periodo de un año. A la conclusión de dicho periodo quedará tácitamente
prorrogado por un año más y así sucesivamente, salvo que el tomador del seguro o el asegurado deseen su rescisión. En este caso, deberá comunicar fehacientemente su decisión al asegurador mediante una notificación escrita efectuada con un plazo de dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del seguro. Rescindir el contrato a su vencimiento es facultad exclusiva del tomador del seguro o del asegurado. Por lo tanto, el asegurador está obligado a la prórroga del contrato, siempre que la póliza se encuentre al corriente de pago de la prima.
MODIFICACIONES DEL SEGURO
Las altas de los nuevos asegurados que se produzcan estarán bajo las garantías del contrato desde el día en que se haga constar en el oportuno suplemento, siempre que éste haya sido firmado por las partes y el tomador del seguro haya pagado el aumento de la prima que corresponda.
El tomador del seguro deberá comunicar al asegurador los cambios de domicilio dentro de la localidad en que
resida o en población distinta. En este último caso, adaptará su contrato a los servicios funerarios existentes en dicho lugar, dentro de los quince días siguientes a su traslado de residencia con la consiguiente regularización de la prima.
¿QUÉ OCURRE SI CAMBIA DE
DOMICILIO, TELÉFONO, ETC.?
Nos debe comunicar lo antes posible
cualquier cambio de situación.
Preguntas frecuentes
Como recibo los documentos y que hacer
Riegos que cubre mi seguro
Duracion y Modificacion del seguro
Limites de edad
¿Puedo fraccionar mi pago?
Impagos
Como tramitar un siniestro
¿Puedo elegir el cementerio?
Repatriaciones para extranjeros |
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